Fierro determina las percepciones de ventas considerando las características de la operación y la información fiscal del cliente.
El cálculo tiene en cuenta distintos aspectos de la operación, como el destino fiscal de la venta, la condición frente al IVA, la situación fiscal del cliente y el tratamiento impositivo de los productos.
A partir de esta información, cada régimen de percepción determina si corresponde aplicar el importe y cómo calcularlo.
| Concepto | Qué representa | Para qué se utiliza |
|---|---|---|
| Destino fiscal de la venta | Indica si la operación es nacional, al exterior o corresponde al Área Aduanera Especial. | Permite diferenciar operaciones que pueden utilizar el mismo tipo de comprobante, pero tienen un tratamiento fiscal diferente. |
| Perfil fiscal | Indica la situación del cliente ante ARBA o CABA para la fecha de la operación. | Permite determinar si corresponde aplicar la percepción y qué alícuota utilizar. |
| Condición frente al IVA | Indica la situación del cliente frente al IVA. | Permite determinar la aplicación de la percepción de IVA y puede intervenir en determinadas deducciones de las bases de IIBB. |
El destino fiscal permite diferenciar principalmente entre:
Venta nacional.
Operación al exterior.
Operación al Área Aduanera Especial.
Esta distinción resulta especialmente importante para las Facturas E, ya que una Factura E puede corresponder tanto a una operación al exterior como a una operación hacia el Área Aduanera Especial.
Los siguientes ejemplos permiten mostrar cómo se aplica el funcionamiento en los distintos regímenes. La existencia de cada percepción depende de la configuración y de la operatoria de cada instalación.
En una venta nacional, considerar un producto gravado al 21 % cuyo importe neto sea de $100.
La percepción de IVA se calcula aplicando el 3 % sobre el importe neto, resultando:
$100 × 3 % = $3
Si el producto estuviera gravado al 10,5 %, la percepción correspondiente sería del 1,5 % sobre el importe neto. Los productos con IVA 0 %, exentos o no gravados no forman parte de la base de esta percepción.
La percepción de CABA se determina a partir de la situación fiscal del cliente en la jurisdicción y de la base correspondiente a la operación.
Por ejemplo, ante una venta nacional, si la situación fiscal del cliente indica que corresponde realizar la percepción, los productos que forman parte de la base se consideran para calcular el importe correspondiente.
La condición frente al IVA del cliente puede intervenir en la determinación de la base cuando corresponde descontar el IVA efectivamente facturado.
La percepción de ARBA se determina de manera independiente de la percepción de CABA.
La situación fiscal del cliente ante ARBA permite determinar si corresponde realizar la percepción y qué alícuota utilizar. Luego, el tratamiento impositivo de los productos permite determinar qué importes forman parte de la base.
Por este motivo, un mismo cliente puede presentar una situación diferente frente a ARBA y CABA, aun cuando mantenga la misma condición frente al IVA.
La Factura E requiere diferenciar el destino de la operación.
Las operaciones al exterior no generan percepción de IVA ni forman parte de la base de las percepciones de Ingresos Brutos.
En una operación al Área Aduanera Especial, la Factura E no discrimina IVA. Sin embargo, el tratamiento impositivo original de los productos permite determinar qué importes pueden formar parte de la base de las percepciones de Ingresos Brutos.
En estos casos, se considera el importe real facturado y no un IVA calculado teóricamente.
Al crear una factura o una nota de crédito, consultar la solapa Percepciones para visualizar el resultado de la determinación de las percepciones correspondiente a la operación.
La información se presenta mediante los siguientes datos:
| Dato | Descripción |
|---|---|
| Tipo | Identifica el tipo de percepción evaluado. |
| Resultado | Indica el resultado de la evaluación de la percepción. |
| Situación padrón | Muestra la situación obtenida para el cliente en la evaluación correspondiente. |
| Base | Muestra la base determinada para el cálculo. |
| Mínimo | Muestra el importe mínimo considerado para determinar la aplicación de la percepción. |
| Alícuota | Muestra la alícuota utilizada para el cálculo. |
| Importe | Muestra el importe de la percepción calculada. |
| Fuente | Indica el origen de la información utilizada para determinar la percepción. |
| Observación | Muestra información adicional relacionada con el resultado de la evaluación. |
Consultar esta información para validar el resultado del cálculo antes de aceptar el documento.
En la parte inferior de la solapa se muestra el Total percepciones correspondiente a la operación.
Una vez generado el documento, consultar el detalle de las percepciones desde la vista General de la factura o nota de crédito.
Dentro de Clasificación fiscal → Percepciones, visualizar el desglose de las percepciones aplicadas al documento.
Esta sección permite consultar, para cada percepción:
De esta manera, la vista General permite consultar el detalle del cálculo de las percepciones una vez generado el documento.
Dentro de la vista General, consultar la sección Conciliación del IVA para verificar el tratamiento de las percepciones dentro de la clasificación fiscal del documento.
La conciliación permite visualizar:
También consultar la sección Conciliación total para verificar la correspondencia entre:
El cambio permite que la determinación de las percepciones contemple de manera diferenciada:
Las características de la operación.
La situación fiscal del cliente.
La condición frente al IVA.
El tratamiento impositivo de los productos.
Esto permite que cada régimen determine la percepción correspondiente según sus propias condiciones, sin depender de un único dato del cliente o de la operación.